Saludos a todos y todas,
Esta semana estaremos tratando el tema de los
Principios
Básicos de la Ley de Organización Judicial Dominicana y para esto debemos conocer las reglas
constitucionales de organización judicial. Además de las disposiciones
generales que determinan la existencia del poder judicial como separado e
independiente de los demás poderes del Estado. Las reglas fundamentales de la
organización judicial se encuentran contenidas en el titulo IV de nuestra ley
sustantiva y en su articulado establece cuales son los principales tribunales
y funcionarios del orden judicial, así como el número de jueces de ciertas
jurisdicciones y las condiciones de aptitud de algunos funcionarios, y faculta
al legislador ordinario para crear otros tribunales que están expresamente
previstos por ella.
Así mismo en la República Dominicana,La ley de
Organización judicial es la No.821 de 1927; se refiere a la organización
judicial en sentido general. Su finalidad principal es reglamentar en detalle
la estructura del sistema judicial, así como indicar las atribuciones de los
funcionarios y órganos de la justicia en forma mínima. También contiene
algunas reglas de competencia y de procedimiento.
Esta ley
contiene disposiciones inherentes al Poder Judicial, el Ministerio Público y
la Policía Judicial.
Para adentrarnos a este contenido invitamos para la clase del miércoles investigar sobre los siguientes aspectos:
- Cuál es el objeto de la ley de organización judicial?
- Cuáles son los principios básicos de la ley de organización judicial dominicana?
- Cuál es la estructura de la ley de organización judicial?
- Cuáles son los tribunales de derecho común?
- Cuáles son los tribunales de excepción?
Esto será discutido y analizado en la clases del miércoles 16 de julio y tiene un valor de 3 puntos. Pueden colocar sus respuestas como comentarios en esta publicación o llevarlo en físico a la próxima clase.
es importante me gusta mucho gracias.
ResponderEliminarpara así enriquecer mis conocimientos.